Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 1111/2002EXPEDIENTE N°: 2925/D/2002TESTIMONIO El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. âLa autoridad de aplicación podrá disponer la DETENCIÃN de BICICLETAS en que se desplacen los ciclistas cuando cometan las siguientes infracciones: a) circular en contramano b) marchar en filas compuestas de varios ciclistas c) circular por la vereda los mayores de 12 años d) circular por espacios públicos destinados exclusivamente al tránsito de peatones e) circular asidos de otros vehÃculos f) circular sin apoyar sobre la calzada la totalidad de sus ruedas ArtÃculo 2º. -Previa aplicación de las presentes disposiciones será necesaria realizar una campaña de publicidad y concientización. ArtÃculo 3º. âComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y cumplido. âARCHÃVESE. DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS VEINTE DÃAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÃO DOS MIL DOS. |
Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail:
secretariahcdsancayetano@yahoo.com.ar
Impreso desde el sitio: http://hcdsancayetano.gob.ar/imprimir.php?id=1386 |