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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 242

EXPEDIENTE N°: 203/D/1975


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Fíjase a partir del día 1º de Junio de 1975, para el personal de la
Administración Municipal, un incremento del 50% sobre las remuneraciones vigentes al 31 de Mayo de 1975, por los meses de Junio, Julio y Agosto de 1975.

Artículo 2º. –El presente incremento tendrá carácter provisorio hasta que se
determinen las definitivas mejoras salariales. El mismo se liquidará por separado como un concepto adicional para quien serán válidas las normas generales de liquidación y sufrirá los descuentos provisionales y asistenciales que rigen para las remuneraciones.

Artículo 3º. –Fíjase a partir del día 1º de Junio de 1975, las siguientes
asignaciones familiares:

Por cónyuge $ 150,00.-
Por hijo menor a cargo $ 150,00.-
Por familia numerosa $ 96,00.-
Por matrimonio $ 1.237,00.-
Por prenatal $ 150,00.-
Por nacimiento de hijo $ 1.522,00.-
Por adopción $ 1.522,00.-
Por escolaridad primaria $ 76,00.-
Por escolaridad media y superior $ 124,00.-
Por ayuda escolaridad primaria $ 150,00.-
Por escolaridad primaria a partir del 3º hijo $ 115,00.-
Por escolaridad media y superior a partir 3º hijo $ 190,00.-

Artículo 4º. –Créase dentro de la Sección 1 – Sector 2 – Rubro 2 – Subrubro 4,
del Cálculo de Recursos vigente, el apartado 5 “Subsidio del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires-Decreto Nº 5385/75” con la suma de
($ 444.000.-) Pesos Cuatrocientos cuarenta y cuatro mil, con fondos provenientes del Subsidio otorgado por el Estado Poder Ejecutivo de la Provincia.

Artículo 5º. –A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos
anteriores, amplíase las siguientes Partidas del Presupuesto de Gastos vigente, según detalle:

CARÁCTER 1 – ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Finalidad 1 – Administración General

1.1.1.1.1. Personal Superior $ 17.047,00.-
1.1.1.1.2. Personal Profesional y Técnico $ 50.864,00.-
1.1.1.1.3. Personal Administrativo $ 39.464,00.-
1.1.1.1.4. Personal Obrero $ 66.800,00.-
1.1.1.2.3. Personal Destajista $ 4.000,00.-
1.1.1.3.5.2. Bonificación por Título $ 2.250,00.-
1.1.1.2.5. Otras Asignaciones $ 3.000,00.-
1.1.1.3.2. Sueldo Anual Complementario $ 15.100,00.-
1.1.1.3.3. Subsidio Familiar $ 18.000,00.-
1.1.1.4.1. Instituto de Previsión Social $ 11.500,00.-
1.1.1.4.2. I.O.M.A. $ 2.430,00.-

Finalidad 4 – Infraestructura Vial
1.1.1.1.2. Personal Profesional y Técnico $ 15.773,00.-
1.1.1.1.3. Personal Administrativo $ 7.231,00.-
1.1.1.1.4. Personal Obrero $ 90.010,00.-
1.1.1.2.3. Personal Destajista $ 6.282,00.-
1.1.1.3.2. Sueldo Anual Complementario $ 16.608,00.-
1.1.1.3.3. Subsidio Familiar $ 8.572,00.-
1.1.1.4.1. Instituto de Previsión Social $ 20.704,00.-
1.1.1.4.2. I.O.M.A. $ 5.240,00.-

Finalidad 6 – Honorable Concejo Deliberante
1.1.1.1.3. Personal Administrativo $ 6.870,00.-
1.1.1.1.7.1. Compensación Sres. Concejales $ 35.250,00.-
1.1.1.3.2. Sueldo Anual Complementario $ 1.005,00.-

Artículo 6º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO. 


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