Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 1.486/2007EXPEDIENTE N°: 4191/D/2007TESTIMONIO El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. âOtórgase a partir del 1º de Agosto de 2007, un incremento salarial del 10% (Diez por Ciento) sobre los básicos actuales de todo el personal municipal, comprendiendo a la totalidad de la categorÃas existentes. ArtÃculo 2º. âModifÃquese el ArtÃculo 5º de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Anual año 2007 - Parte Complementaria, el cual quedará redactado de la siguiente manera: âFÃjese el sueldo básico mÃnimo de la CategorÃa 14, para los agentes municipales mayores de 18 años, que cumplen 7 horas diarias de labor, en la suma de Pesos Ochocientos Cincuenta y Ocho con Diecisiete Centavos ($858,17.-), a partir del 1º de Agosto de 2007.â ArtÃculo 3º. âModifÃquese el ArtÃculo 6º de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Anual año 2007 - Parte Complementaria, el cual quedará redactado de la siguiente manera: âFÃjese el sueldo básico mÃnimo de la CategorÃa 14, para los agentes municipales mayores de 18 años, que cumplen 8 horas diarias de labor, en la suma de Pesos Novecientos Setenta y Ocho con Treinta y Uno Centavos ($978,31.-), a partir del 1º de Agosto de 2007.â ArtÃculo 4º. âComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y cumplido. âARCHÃVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS TREINTA DÃAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÃO DOS MIL SIETE. |
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