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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 1.602/2008

EXPEDIENTE N°: 4403/FPV/2008


TESTIMONIO

VISTO:
La necesidad de que nuestro municipio se adhiera mediante Ordenanza a la Ley Provincial 13.656 de Promoción Industrial, y:

CONSIDERANDO:
Que la autoridad de aplicación será el Ministerio de Producción y deberá conformar un registro industrial en coordinación con los municipios adheridos con el objetivo de relevar información necesaria para la fijación de las prioridades a ser
establecidas en el Plan de Desarrollo Industrial.
Que nos permitirá conocer los alcances del régimen a través de actividades de promoción y publicidad así como el asesoramiento a los municipios,
empresas y agrupamientos empresariales.
Que a su vez servirá para que las empresas reciban un servicio de asesoramiento Integral y Tutoría a las empresas.
Que también se busca estimular la formación de sistemas productivos regionales.
Que se busca ayudar a la preservación del medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales.
Que las empresas cuya actividad no se encuadre como industrial y que se radique dentro de un Parque Industrial o Sector Industrial Planificado, pero que por su especial relevancia dentro del quehacer industrial también quedaron alcanzados por la presente ley.

POR TODO ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. -La Municipalidad de San Cayetano se adhiere a la Ley 13.656,
eximiendo total o parcialmente de las tasas y tributos Municipales a las inversiones en actividades promovidas.

Artículo 2º. -Se faculta a nuestro Municipio a celebrar convenios con la autoridad
de aplicación en el marco de la Ley 13.656, coordinando un único sistema de contralor, propaganda y/o difusión de la presente ley.

Artículo 3º. -Los Vistos y Considerandos forman parte de la presente.

Artículo 4º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL OCHO. 


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