Logo Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano

Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 1.631/2008

EXPEDIENTE N°: 4471/D/2008


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Apruébese en todos sus términos y condiciones el Convenio de
Cooperación y Colaboración para la realización de relevamientos estadísticos sobre el mercado de Trabajo Municipal, mediante el cual se establecerá una cooperación entre el Ministerio de Trabajo y la Municipalidad, a los efectos de llevar adelante relevamientos estadísticos sobre el mercado de trabajo municipal.

Artículo 2º. –El presente acuerdo tendrá una vigencia de dos (2) años a partir de
su firma renovable automáticamente por igual período, estableciéndose la denuncia expresa de cualquiera de las partes, la que para el supuesto de configurarse, se deberá efectuar con una antelación no inferior a los 30 días anteriores a la fecha de denuncia.

Artículo 3º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO. 


Imprimir Ordenanza


Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail: secretariahcdsancayetano@yahoo.com.ar
Av. San Martín 439 1° piso| San Cayetano (7521) - Pcia. de Buenos Aires - Argentina


Impreso desde el sitio: http://hcdsancayetano.gob.ar/imprimir.php?id=1896