Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 1.643/2008EXPEDIENTE N°: 4501/UCR/2008TESTIMONIO VISTO: La Ordenanza Nº 1.616/2008, y: CONSIDERANDO: Que dicha Ordenanza no contempla los casos de aquellas personas que operan bajo licencia de terceros para la prestación de sus servicios. Que la ley avala y considera aceptable este tipo de metodologÃas de operación. Que es competencia de este Honorable Cuerpo dictar los dispositivos legales correspondientes. POR TODO ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. ModifÃquese el ArtÃculo 7º de la Ordenanza 1.616/2008, el cual quedará redactado de la siguiente manera: âArtÃculo 7º. A los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo deberá contar previamente con: a) La documentación que acredite la personerÃa invocada. b) Copia de la autorización y/o licencia para desarrollar la actividad, extendida por las autoridades nacionales o provinciales, tanto a nombre de la empresa como en el caso de utilización de licencias a nombre de terceros para la prestación del servicio; en tal circunstancia deberá adjuntar la documentación que acredite la vigencia de tal licencia. c) Aprobación de la SecretarÃa Técnica Municipal del proyecto y planos de funcionamiento del sistema, que asegure la viabilidad del mismo. Todo lo antedicho será efectuado conforme a las condiciones establecidas en la presente y demás aspectos técnicoslegales que correspondanâ. ArtÃculo 2º. El Visto y los Considerandos forman parte de la presente. ArtÃculo 3º. ComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y cumplido. ARCHÃVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS CINCO DÃAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÃO DOS MIL OCHO. |
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