Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 05EXPEDIENTE N°: 11/D/1984TESTIMONIO El Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias sanciona la siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. âAutorÃzase al Departamento Ejecutivo a contratar con la Cooperativa de Provisión de Servicios Eléctricos, otros Servicios Públicos, de Servicios Sociales, Crédito y Vivienda Limitada de San Cayetano, la construcción de una lÃnea de alumbrado público en la Villa Balneario San Cayetano, en un todo de acuerdo a los Ãtem 1 y 2 del Presupuesto presentado obrante a fojas 5 del presente legajo, por el importe de $a 31.180.- (Pesos argentinos treinta y un mil ciento ochenta). ArtÃculo 2º. âLa Cooperativa de Provisión de Servicios Eléctricos, otros Servicios Públicos, de Servicios Sociales, Crédito y Vivienda Limitada de San Cayetano, procederá a la instalación de los artefactos en los lugares previamente indicados en el plano obrante a fojas 4 de éste legajo y la SecretarÃa Técnica tendrá a su cargo la supervisión de las obras. ArtÃculo 3º. âEl gasto que demande la construcción de la obra será imputado a la Partida: OBRAS BÃSICAS VILLA BALNEARIO SAN CAYETANO â Finalidad 1 â Sección 2 â Sector 5 â Inciso 2 â Partida Principal 1 del Presupuesto de Gastos 1984 (Prerrogado 1983). ArtÃculo 4º. âComunÃquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAN CAYETANO, A LOS TRES DÃAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO. |
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