Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 2019/2011EXPEDIENTE N°: 5227/D/2011TESTIMONIO El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ArtÃculo 1º. Facultase al Señor Intendente Municipal a otorgar en concesión el ----------------área municipal de la laguna âLa Saladaâ ubicada en el acceso a la villa balnearia.------------------------------------------------------------------------------------------------- Articulo 2º. El área será destinada exclusivamente al rubro de actividades -----------------náuticas, deportivas y recreativas, estando prohibido darle otro destino, principal o secundario, cualquiera que sea, sin autorización previa del Departamento Ejecutivo.----------------------------------------------------------------------------- Articulo 3º. La concesión tendrá un plazo de 2 AÃOS.------------------------------------- Articulo 4º. El Poder Ejecutivo determinará el precio y condiciones de pago del ----------------canon.------------------------------------------------------------------------------------- Articulo 5º. El concesionario tendrá las siguientes obligaciones: 1).- Del acceso: El concesionario deberá permitir el acceso GRATUITO al área municipal recreativa durante todos los dÃas, cobrando el uso de equipos náuticos para la práctica de deportes y controlando la prohibición de pesca y el uso de embarcaciones con motor. 2).- Del mantenimiento de las instalaciones: El concesionario se obliga a mantener el predio desmalezado y limpio. 3).- Ejercicio del poder de policÃa municipal: El concesionario estará obligado a permitir el libre acceso al ares a todo funcionario municipal que se identifique como tal en cumplimiento del poder de policÃa municipal y al solo efecto de ejercer la función de inspección o contralor que requiere tal cumplimiento de cláusulas contractuales. 4).- Higiene y salubridad: El concesionario deberá dar cumplimiento a las normas vigentes y a las indicaciones que le imparta la dependencia municipal por medio de su oficina de BromatologÃa. 5).- Impuestos y multas: Sera obligación del concesionario abonar todos los impuestos que graven el ejercicio de la actividad mercantil. Asimismo, deberá afrontar las multas que se hicieren pasibles por incumplimientos de todo tipo de disposiciones vigentes o de las obligaciones de la concesión. 6).- Servicios: El concesionario deberá procurarse la provisión del servicio eléctrico y de gas. Dicha provisión será a su exclusivo cargo y costo dado que el predio no cuenta con los mismos. 7).- Seguros: El concesionario deberá contratar los siguientes seguros durante todo el plazo de la concesión a) responsabilidad civil, b) riesgo de incendio. La representación de la póliza y el certificado de pago respectivo son requisitos previos para comenzar la explotación. 8).- Responsabilidad por daños: El concesionario será responsable de todos los daños ocasionados en el área objeto de este contrato por consecuencia inmediata o mediata del uso anormal de aquellos o de otra conducta dolosa, culposa o negligente, y siempre en la extensión prevista en los artÃculos 521 y en su caso 522 del Código Civil.----------------------------------------------------------------------------------- Articulo 6º. Autorizase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente ----------------Ordenanza.-------------------------------------------------------------------------- Articulo 7º. âComunÃquese al Departamento Ejecutivo, a la Dirección de Deportes, Turismo y Recreación, dese al Registro Oficial y -------------------cumplido. âARCHÃVESE.------------------------------------------------------ DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS CUATRO DÃAS DEL MES DE MAYO DEL AÃO DOS MIL ONCE.------------------------------------------------------------ |
Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail:
secretariahcdsancayetano@yahoo.com.ar
Impreso desde el sitio: http://hcdsancayetano.gob.ar/imprimir.php?id=2639 |