Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano |
ORDENANZA N°: 2.152/2012EXPEDIENTE N°: 5506/D/2012TESTIMONIO El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente: ORDENANZA ARTICULO 1º: Incorpórese al articulo 1º de la ordenanza Nº 2100/2011 el siguiente texto: ?El Registro de Postulantes permanecerá abierto hasta cumplimentar las 160 viviendas adjudicadas. Los nuevos postulantes, deberán ser analizados por la Comisión Evaluadora, procediéndose a un nuevo sorteo a efectos de determinar el orden de preferencia. ARTÃCULO 2º: ModifÃquese el artÃculo 7º de la ordenanza Nº 2100/2011 el quedará redactado de la siguiente manera: ?Resuelta las impugnaciones y con el dictamen definitivo de la Comisión Evaluadora, se realizará un sorteo efectuado ante Escribano Publico en el Teatro Municipal, en dÃa y hora a determinar por el Departamento Ejecutivo. Dicho sorteo determinara un orden de preferencia entre todos los postulantes con las siguientes consideraciones: a)  Los postulantes que tengan el número 1 al 20 accederán a las primeras 20 viviendas, realizándose el sorteo que adjudique las mismas en fecha posterior, y a determinar por el Departamento Ejecutivo.- b)  Los postulantes que tengan el número 21 al 40 accederán a las próximas 20 viviendas que bajo la misma modalidad construya el municipio, siempre y cuando mantengan al momento de la nueva adjudicación los requisitos exigidos por la ordenanza Nº 2100/2011.- c)  Los postulantes que tengan el número 41 al 60 accederán a las próximas 20 viviendas que bajo la misma modalidad construya el municipio, siempre y cuando mantengan al momento de la nueva adjudicación los requisitos exigidos por la ordenanza Nº 2100/2011.- d)  Los postulantes que tengan el número 61 al 80 accederán a las próximas 20 viviendas que bajo la misma modalidad construya el municipio, siempre y cuando mantengan al momento de la nueva adjudicación los requisitos exigidos por la ordenanza Nº 2100/2011.- e)  Los postulantes que tengan el número 81 al 100 accederán a las próximas 20 viviendas que bajo la misma modalidad construya el municipio, siempre y cuando mantengan al momento de la nueva adjudicación los requisitos exigidos por la ordenanza Nº 2100/2011.- f)  Los postulantes que tengan el número 101 al 120 accederán a las próximas 20 viviendas que bajo la misma modalidad construya el municipio, siempre y cuando mantengan al momento de la nueva adjudicación los requisitos exigidos por la ordenanza Nº 2100/2011.- g)  Los postulantes que tengan el número 121 al 140 accederán a las próximas 20 viviendas que bajo la misma modalidad construya el municipio, siempre y cuando mantengan al momento de la nueva adjudicación los requisitos exigidos por la ordenanza Nº 2100/2011.- h)  Los postulantes que tengan el número 141 al 160 accederán a las próximas 20 viviendas que bajo la misma modalidad construya el municipio, siempre y cuando mantengan al momento de la nueva adjudicación los requisitos exigidos por la ordenanza Nº 2100/2011.- i)  Ante la renuncia o incumplimiento de los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 2100/2011 los postulantes perderán el número obtenido, ocupando su lugar quien continúe en el número inmediato superior.- ARTICULO 3º:- ComunÃquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial --------------------- y cumplido, ARCHIVESE.----------------------------------------------------- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DIECIOCHO DÃAS DEL MES DE ABRIL DEL AÃO DOS MIL DOCE.---------------------------------------------------------------- |
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