Logo Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano

Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 542 (Bis)

EXPEDIENTE N°: 1024/D/1993


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Autorízase al Señor Intendente Municipal Dr. Tomás Arnaldo
Visciarelli, a contratar un Recaudador en los términos de los Artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 2º. –El Recaudador tendrá a su cargo la percepción de Tasas y cuotas
de Obras Municipales, recibiendo como retribución un porcentaje de todo lo cobrado, que no podrá exceder de un 10% del total.

Artículo 3º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y
cumplida. –ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES. 


Imprimir Ordenanza


Tel-fax: +54 (2983) 470000 / 001 | E-mail: secretariahcdsancayetano@yahoo.com.ar
Av. San Martín 439 1° piso| San Cayetano (7521) - Pcia. de Buenos Aires - Argentina


Impreso desde el sitio: http://hcdsancayetano.gob.ar/imprimir.php?id=737