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Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano


ORDENANZA N°: 61

EXPEDIENTE N°: 231/D/1985


TESTIMONIO

El Honorable Concejo Deliberante de San Cayetano, en uso de sus atribuciones legales que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. –Amplíase el Cálculo de Recursos del corriente ejercicio, en las
siguientes Partidas:

1.2.1.1.1. Ley 15.274 A 261,08.-
1.2.1.2.4. Ley 9478 – Art. 4º - Ingresos de Ej. Anteriores A 236,62.-
1.2.1.3.2. Ley 9226 – Ingresos del Ejercicio A 3.615,80.-
1.2.1.2.1. Ley 9478 – Art. 2º. –Ingresos del Ejercicio A 2.877,48.-
1.2.2.2.1. Convenio con I.O.M.A. – Ingresos del Ejercicio A 1.222,10.-
1.2.2.10. Convenio c/Min. de Salud – Refacción del Hospital
Municipal “Alberto M. Menditeguy” A 680,50.-
1.2.3.4. Intereses Ley 10.213 A 5.353,88.-
1.2.3.3. Apoyo Financiero A 11.982,79.-

Total A 26.230,25.-
Con dichos fondos se deberán ampliar las Partidas del Presupuesto General de Gastos vigente:

FINALIDAD 2 – SALUD PÚBLICA
2.5.2.13. Convenio con Ministerio de Salud – Refacción
Hospital Municipal “Alberto M. Menditeguy” A 680,50.-

FINALIDAD 6 – A CLASIFICAR
1.4.1. Crédito Adicional A 25.549,75.-

Total A 26.230,25.-

Artículo 2º. –Con motivo de la percepción de fondos para el alumbrado del Barrio
Moreno, se deberá ampliar el Cálculo de Recursos por creación de la Partida:
1.2.2.14. Instituto de la Vivienda – Alumbrado Barrio FONAVI A 1.239,17.-
Con dichos fondos se deberá ampliar el Presupuesto de Gastos, dando crédito suplementario a la Partida:

FINALIDAD 3 – SERVICIOS ESPECIALES URBANOS
1.1.2.14.2. Gastos para atención de servicios públicos A 1.239,17.-

Artículo 3º. –En virtud del Convenio Nº 108 de fecha 8/10/85 por el cual se
encomienda a la Municipalidad de San Cayetano la refacción y mantenimiento del Centro de Educativo Complementario y Escuela Nº 7, se deberá crear en el Cálculo de Recursos vigente la Partida:

1.2.2.14. Refacción y mantenimiento Edificios Escolares A 10.000,00.-
Al mismo tiempo se deberá crear en el Presupuesto de Gastos la Partida:

FINALIDAD 5 – ACCIÓN SOCIAL
2.5.2.14. Refacción y mantenimiento Edificios Escolares A 10.000,00.-

Artículo 4º. –Por aplicación del Artículo 171º del Estatuto para el Personal
Municipal, el cual se establece el pago de una remuneración por fallas de Caja, a favor del Tesorero Municipal, se deberá crear en el Presupuesto de Gastos vigente, la Partida:

FINALIDAD 1 – ADMINISTRACIÓN CENTRAL
1.1.1.3.5.3. Fallas de Caja A 100,00.-
Para la financiación de la anterior creación de Partida, y con motivo de haber quedado vacante el cargo de Inspector Vial, se tomarán fondos de:

FINALIDAD 1 – ADMINISTRACIÓN CENTRAL
1.1.1.1.2. Personal Jerárquico A 100,00.-

Artículo 5º. –Con motivo de la adquisición de un colectivo para ser utilizado como
transporte escolar, se deberá crear en el Presupuesto de Gastos vigente, la Partida:

FINALIDAD 1 – ADMINISTRACIÓN CENTRAL
2.5.1.4. Vehículos varios y embarcaciones A 1.520,00.-

Los fondos para afrontar dicha creación se tomarán de la Partida:

FINALIDAD 4 – INFRAESTRUCTURA VIAL
2.5.1.2. Máquinas, Motores y Herramientas A 1.520,00.-

Artículo 6º. –En razón de haberse adquirido tres lotes de terrenos ubicados en el
ejido de San Cayetano, se deberá crear en el Presupuesto de Gastos la Partida:

FINALIDAD 5 – ACCIÓN SOCIAL
2.5.1.5. Inmuebles A 650,00.-
Los fondos tendientes a afrontar dicha creación serán tomados de la Partida:

FINALIDAD 4 – INFRAESTRUCTURA VIAL
2.5.1.2. Máquinas, motores y herramientas A 650,00.-

Artículo 7º. –De acuerdo al estado de Ingresos y Egresos preparado por la
Contaduría Municipal, surgen partidas excedidas de Gastos en Personal, las cuales se detallan a continuación y que deberán reforzarse otorgándoseles crédito suplementario:

FINALIDAD 1 – ADMINISTRACIÓN CENTRAL
1.1.1.3.3. Asignaciones Familiares A 800,00.-
1.1.1.5.2. Subsidio Seguro de Vida Colectivo A 600,00.-
1.1.1.3.5.2. Bonificación por Asistencia A 600,00.-

FINALIDAD 2 – SALUD PÚBLICA
1.1.1.2.1. Personal Mensualizado A 800,00.-
1.1.1.3.3. Asignaciones Familiares A 130,00.-
1.1.1.3.4. Horas extras A 7.000,00.-
1.1.1.3.5.2. Bonificación por Asistencia A 1.500,00.-

FINALIDAD 3 – SERVICIOS ESPECIALES URBANOS
1.1.1.3.3. Asignaciones Familiares A 1.300,00.-
1.1.1.3.4. Horas Extras A 6.000,00.-
1.1.1.3.5.2. Bonificación por Asistencia A 1.700,00.-

FINALIDAD 4 – INFRAESTRUCTURA VIAL
1.1.1.3.3. Asignaciones Familiares A 1.200,00.-
1.1.1.3.4. Horas Extras A 12.000,00.-
1.1.1.3.5. Bonificación por Asistencia A 1.900,00.-

FINALIDAD 5 – ACCIÓN SOCIAL
1.1.1.3.4. Horas Extras A 400,00.-
1.1.1.3.5.1. Bonificación por Antigüedad A 50,00.-
Los refuerzos indicados precedentemente serán financiados tomando fondos de las siguientes Partidas de Gastos en Personal:

FINALIDAD 1 – ADMINISTRACIÓN CENTRAL
1.1.1.3.5.1. Bonificación por antigüedad A 2.000,00.-
1.1.1.3.6. Gastos de representación A 1.000,00.-
1.1.1.1.1. Personal Superior A 1.500,00.-
1.1.1.1.2. Personal Jerárquico A 3.000,00.-
1.1.1.1.4. Personal Técnico A 3.000,00.-
1.1.1.1.5. Personal Administrativo A 3.000,00.-
1.1.1.1.7. Personal de Servicio y Maestranza A 1.000,00.-
1.1.1.4.2. Aporte Patronal al Inst. Obra Médico Asistencial A 1.000,00.-

FINALIDAD 1 – HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
1.1.1.1.1. Compensación de gastos/Sres. Concejales A 126,00.-
1.1.1.4.1. Aporte Patronal al Inst. de Previsión Social A 500,00.-

FINALIDAD 2 – SALUD PÚBLICA
1.1.1.1.4. Personal Técnico A 1.000,00.-
1.1.1.1.5. Personal Administrativo A 1.000,00.-
1.1.1.1.7. Personal de Servicio y Maestranza A 2.200,00.-
1.1.1.2.2. Personal Jornalizado A 2.000,00.-

FINALIDAD 3 – SERVICIOS ESPECIALES URBANOS
1.1.1.1.6. Personal Obrero A 4.000,00.-
1.1.1.3.5.1. Bonificación por antigüedad A 1.200,00.-

FINALIDAD 4 – INFRAESTRUCTURA VIAL
1.1.1.1.5. Personal Obrero A 4.800,00.-
1.1.1.3.5.1. Bonificación por antigüedad A 1.000,00.-

FINALIDAD 5 – ACCIÓN SOCIAL
1.1.1.1.4. Personal Técnico A 1.654,00.-
1.1.1.1.5. Personal Administrativo A 1.000,00.-

Total A 35.980,00.-
Artículo 8º. –En virtud de la mayor coparticipación impositiva comunicada por
Nota Nº 360 de la Contaduría General de la Provincia, se deberá ampliar el Cálculo de Recursos en la Partida:
1.2.1.2.1. Ley 9478 – Art. 2º. – Ingresos del Ejercicio A 39.538,00.-
Con dichos fondos se deberá reforzar la Partida:

FINALIDAD 6 – A CLASIFICAR
1.4.1. Crédito Adicional A 39.538,00.-

Artículo 9º. –Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial y
cumplido. –ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CAYETANO, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO. 


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